Acuerdo de A. P. de Complementación Económica

La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y la República de Cuba, convinieron celebrar un Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica que se regirá por las disposiciones contenidas en el Tratado de Montevideo 1980 y en la Resolución 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la ALALC, en lo que corresponda, y por las normas establecidas en el mismo.

> Anexo VI Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad.

Enlaces de interés
> Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica – Acta 
> Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (MECON)
> Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba

 
HOMESERVICIOS PUNTO FOCAL ARGENTINA ACUERDO OTC/OMC DESTINATARIOS CONSULTA EN LINEA OTROS FOROS OTC MERCOSUR SGT Nro 3 NOTICIAS Y LEGISLACION Volver